Saturday, December 18, 2010

La Ley Habilitante ha sido aprobada: Chávez podrá gobernar mediante Decretos hasta junio del 2012


Aprobada la Ley Habilitante por 18 meses. Video: ANTV 17 de diciembre de 2010

Con gritos de “victoria popular”, la Asamblea Nacional de Venezuela, de mayoría oficialista, aprobó el viernes 18 meses de poderes especiales al presidente Hugo Chávez para gobernar por decreto, una movida calificada por la oposición como autocrática.

Chávez solicitó 12 meses para legislar por decreto, pero la Asamblea decidió incrementar hasta junio del 2012 aquellos poderes justificando la necesidad de atender la emergencia suscitada por fuertes lluvias que dejaron pérdidas millonarias, unos 40 muertos y 130.000 damnificados en el país petrolero.

“La ley autoriza al Presidente para dictar decretos con rango, valor y fuerza de ley en las materias que se delegan por un lapso de duración de 18 meses”, dijo la presidenta de la Asamblea, Cilia Flores, al aprobar la norma por abrumadora mayoría.

Esta es la cuarta ley Habilitante del líder socialista en sus 11 años de Gobierno. En 1999 gobernó por decreto durante seis meses; en el 2000 durante un año y en el 2007-2008 por un año y medio.

GOLPE A LA DEMOCRACIA

La actual norma permitirá al gobernante legislar en materia tributaria, seguridad y defensa e infraestructura.

Sin embargo la oposición, renovada tras arrebatarle a Chávez la mayoría calificada en el Legislativo, duda del verdadero motivo de la norma y augura que el gobernante la utilizará para atar de manos a la nueva Asamblea que tomará posesión en enero del próximo año.

“Esta no es una ley Habilitante, es una ley para implementar el paquetazo de leyes que ustedes (oficialismo) están aprobando en diciembre y que nada tienen que ver con la atención de la tragedia”, dijo en el hemiciclo el parlamentario Ismael García, del partido opositor Podemos.

Por su parte, Chávez dijo en la noche del viernes que “lo que está ocurriendo en estos días (en la Asamblea) es sólo un anticipo, un preludio de lo que se va a convertir la Asamblea; en un campo de batalla”.

Con la nueva norma, Chávez lograría mantener el statu quo de la actual Asamblea que, dominada por el oficialismo, ha aprobado sin dificultad decenas de proyectos para implantar su socialismo.

“La delegación misma de poderes de esta Asamblea moribunda por más de lo que le resta de período de vida es inconstitucional: un Parlamento puede delegar poderes en el Ejecutivo, pero lo que no puede es otorgar esos poderes más allá de su propio período de vida”, dijo a Reuters el editor del diario opositor Tal Cual, Teodro Petkoff.

“Todas las medidas que el presidente está tomando (…) profundizan la tentación totalitaria del Gobierno, del control de la sociedad, pero también ensanchan el camino hacia la dictadura”, agregó.

MOVIDA ECONOMICA

El Gobierno calcula que requerirá de 10.000 millones de dólares para cubrir las pérdidas causadas por el fuerte temporal que golpeó el país.

Analistas y fuentes parlamentarias consideran que Chávez utilizará los poderes especiales para crear nuevos tributos e incrementar los existentes, en un paquete económico que trastocaría el consumo e incluso podría involucrar una devaluación del bolívar.

La noche del lunes, Chávez adelantó que una de las leyes del paquete que piensa poner en vigencia por decreto es el alza del impuesto al Valor Agregado (IVA), uno de los más bajos de la región medida que, según analistas, atizaría la inflación que en cerraría el año en más de 25 por ciento.

No está claro qué otras leyes aprobará Chávez con los poderes especiales, pero dijo que tienen como propósito “implementar” planes de vivienda y sobre la propiedad de terrenos en ciudades y el campo, por lo que según analistas nuevas expropiaciones estarían a la vista.

A inicios de noviembre, el líder izquierdista ordenó la expropiación de miles de departamentosbajo la acusación de que las constructoras estafaron a los compradores al pedirles pagos excesivos y demorar la entrega de las viviendas.

El tema habitacional es sensible en Venezuela, donde se estima que existe un déficit de dos millones de viviendas que crece a un ritmo de 200.000 unidades por año.

Las materias que se delegan

La Ley aprobada autoriza al Presidente de la República para que, en Consejo de Ministros, dicte Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley, de acuerdo con las directrices, propósitos y marco de las materias que se delegan, de conformidad con el último aparte del artículo 203 y el numeral 8 del artículo 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Estas son las siguientes:

1. En el ámbito de la atención sistematizada y continua a las necesidades humanas vitales y urgentes derivadas de las condiciones sociales de pobreza y de las lluvias, derrumbes, inundaciones y otros eventos producidos por la problemática ambiental. En esta materia se dictarán normas que regulen los modos de proceder de autoridades públicas o entidades privadas, ante calamidades, emergencias, catástrofes u otros hechos naturales que exijan medidas inmediatas de respuesta.

2. En el ámbito de la infraestructura, transporte y servicios públicos. Se busca dictar normas en materia de realización de obras de infraestructura, tales como urbanismos, servicios, edificaciones educativas y de salud, vialidad, puertos, aeropuertos y para la optimización de los sistemas de transporte.

3. En el ámbito de la vivienda y hábitat. Se dictarán o reformarán normas referido a garantizar el derecho a una vivienda adecuada, segura, cómodo, higiénica y con servicios básicos

4. En el ámbito de la ordenación territorial, el desarrollo integral y del uso de la tierra urbana y rural. Permitirá dictar o reformar normas que permitan diseñar una nueva regionalización geográfica en algunas regiones, regular la creación de nuevas comunidades y la conformación de las comunas.

5. En el ámbito financiero y tributario. Dictar normas para adecuar el sistema financiero público y privado a los principios constitucionales y, en consecuencia, modernizar el marco regulatorio de los sectores tributario, impositivo monetario, crediticio, del mercado de valores, de la banca y de los seguros.

6. En el ámbito de la seguridad ciudadana y jurídica. Dictar o reformar normas destinadas a la organización y funcionamiento del sistema de seguridad ciudadana, del sistema policial y de protección civil.

7. En el ámbito de seguridad y defensa integral. Dictar o reformar normas que establezcan la organización y funcionamiento de las instituciones y los asuntos relacionados con la seguridad y defensa integral de la Nación.

8. En el ámbito de la cooperación internacional, dictar o reformar normas e instrumentos destinados a fortalecer las relaciones internacionales de la República.

9. En el ámbito del sistema socioeconómico de la Nación. Dictar o reformar normas que desarrollen los derechos consagrados en el titulo VI de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela


Con información de Reuters


Via: Noticias24

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